Rapidshare obtiene un vuelco en el veredicto de intercambio de archivos

Categorizado en (Copyright, Opinion, P2P)

Después de ganar inicialmente un requerimiento judicial contra Rapidshare, el reclamorapidshare-obtains-an-overturn-of-the-file-sharing-verdict de Capelight Pictures de que el popular servicio de alojamiento de archivos no tomó “todas las medidas razonables” para prevenir la propagación de su nombre a través de la red de alojamiento web, ha sido desestimada por el Tribunal Regional Superior de Düsseldorf.

El Tribunal Superior Regional de Düsseldorf  ha desestimado las pretensiones del distribuidor de películas Capelight Pictures de que ese popular servicio de alojamiento de archivos, Rapidshare, no tomó “todas las medidas razonables” para prevenir la propagación de su nombre a través de la red de alojamiento en la web..
Según el fallo, Rapidshare tomó medidas razonables para mantener las obras de Capelight Pictures a salvo de  la distribución gratuita, pero el servicio no puede ser obligado a emplear un filtro de palabras para borrar archivos, debido a los descriptores de ficheros de Inglés que habrían puesto en peligro todo el servicio.

Lo que tuvo una gran influencia en la decisión de la Corte fueron los reclamos de Rapidshare de que utilizar tal filtro “sería un obstáculo para el ahorro legal de las copias privadas”. Esto está estrechamente relacionado con las recientes leyes de Alemania según la cual las personas tienen el derecho de almacenar las copias privadas de obras con derechos de autor y, en consecuencia, si las copias privadas se hubieran eliminado podría haber habido malas consecuencias para Rapidshare.

El CEO de Rapidshare, Christan Schmid estaba emocionado al escuchar el veredicto: ” los titulares de derechos de autor, por tanto, deben pensar con mucho cuidado en el futuro acerca de si no preferirían ahorrarse un poco de tiempo y sobre todo el gasto de demandar a RapidShare para algo por lo que la empresa no se hace responsable. “

(0) Comments   
Deja tu comentario
Nombre:
Correo:
Comentarios: